LETRA DE CAMBIO | |
Es un documento. | Es una promesa de pago hecha por escrito. |
Es un documento legal que se lleva a cabo entre comerciantes. | Es un documento legal entre comerciantes y una |
Documento que contiene la promesa incondicional de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona -llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo.
PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARÉ
- LIBRADOR Es quien se compromete a pagar la suma de dinero, ala vista o en una fecha futura fija o determinable.
- EL BENEFICIARIO O TENEDOR Es aquel cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré.
- EL FIADOR O AVALISTA la persona que garantiza el pagó del pagaré.
- MENCIÓN DE SER PAGARÉ: se debe indicar que el instrumento es un pagaré.
- LA PROMESA INCONDICIONAL DE PAGAR UNA SUMA DETERMINADA DE DINERO Y SUS INTERESES: La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago.
- NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré.
- FECHA Y LUGAR DE PAGO: La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.
- FECHA Y LUGAR EN QUE SE SUSCRIBE: La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.
- FIRMA DEL SUSCRIPTOR: No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma.